El Diario Oficial de la Unión Europea de 29 de diciembre de 2010 publicaba el Reglamento (UE) Nº1259/2010 del Consejo de 20 de diciembre de 2010, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial.

La norma permite a las parejas internacionales (es decir, aquellas en las que los cónyuges son de nacionalidades diferentes, residen en Estados miembros diferentes o en un Estado miembro del que al menos un cónyuge no tiene la nacionalidad) elegir la ley a aplicar en caso de divorcio, siempre que sea la ley de un país con el que tengan una vinculación estrecha (como poseer la nacionalidad o que sea su residencia habitual). El Reglamento también aclara qué ley será aplicable si los cónyuges no llegan a un acuerdo.

El Reglamento está en vigor desde el 30 de diciembre de 2010 y será aplicable a partir del 21 de junio de 2012, salvo las disposiciones relativas a determinada información que han de facilitar los Estados miembros participantes que será aplicable a partir del 21 de junio de 2011.

Texto íntegro (pdf) del Reglamento (UE) Nº1259/2010 del Consejo de 20 de diciembre de 2010, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial.