El Tribunal Constitucional deja en suspenso la aplicación de determinados artículos de la Ley 5/2001 de Custodia Compartida de la Generalitat valenciana al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno central.

Así lo publica hoy martes 26 de julio el Boletín Oficial del Estado (BOE), que señala que «el Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de julio actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 3859-2011, promovido por el Presidente del Gobierno, contra la Ley 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat Valenciana, de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –4 de julio de 2011–«.